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Totid
A.409.16
En cada convenio a celebrar se discriminarán los conceptos por los que se realicen los mismos, así como en cada ocasión en que se realice el pago de las cuotas.
A.402.4.4
El impuesto se liquidará sobre el total de las apuestas percibidas con exclusión de los impuestos nacionales y se abonará en los mismos plazos y oportunidad en que se presenten las declaraciones juradas relacionadas en el artículo 2º (*).
A.381
(Instituciones deportivas).
