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A.20.38.4

La aplicación de la presente reglamentación alcanzará a los hechos generadores detectados acaecidos, o comunicados por el contribuyente a partir del 1º de enero de 2019.

A.20.38.3

Igualmente procederá cuando el contribuyente de noticia cierta de la ocurrencia de una nueva obligación tributaria o precio a la Administración, debiendo esta, comenzar a gravar el hecho generador a partir de allí, sin disponer del cobro de períodos anteriores.

A.20.38.2

La Administración también podrá renunciar al cobro de retroactividades cuando sean producto de modificaciones tributarias o de precios en cuentas existentes, y que por razones imputables a la Intendencia, no se realizaron en un plazo máximo de un año a partir de su constatación fehaciente.

A.20.38.1

Cuando a través de los distintos Servicios se incorporen, por actuaciones de oficio, nuevas cuentas de Tributos y Precios que graven a inmuebles, a través de procedimientos denominados "altas masivas" y que impliquen el nacimiento de obligaciones fiscales, la Administración podrá renunciar al cob

A.639

Fijar el precio de venta al público de los artículos del Centro de Fotografía, que se detallan a continuación:

- Yerbera grande $ 550,oo (pesos uruguayos quinientos cincuenta)

- Yerbera chica $ 450,oo (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta)

A.645

Fijar el precio de venta al público de las publicaciones que se detallan:

- Tote bag chica ---------------- $ 250,oo (pesos uruguayos doscientos cincuenta)

- Libro Fuentes 1915-1990 -- $ 250,oo (pesos uruguayos doscientos cincuenta)

A.644

Fijar el precio de venta al público de las publicaciones que se detallan:

- "Colección Homenaje - Solange Zúñiga"........... $ 500,oo (pesos uruguayos quinientos).

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