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A.628.5

Establecer que el cobro del referido Sellado, en la red Descentralizada de Cobranza, entrará en vigencia a partir del 1º de setiembre de 2014.

A.628.4

Disponer que la implementación del referido Sellado estará a cargo de la División Tecnología de la Información de acuerdo a las siguientes características:
_ no llevará multas y recargos;

A.628.3

Establecer que, únicamente a los efectos administrativos y de implementación informática, el referido tributo será denominado "Sellado Planificación Territorial", sin que ello signifique una variación del hecho generador

A.628.2

Establecer que el monto de dicho tributo, a la fecha, asciende a la suma de $ 1.333 (pesos uruguayos un mil trescientos treinta y tres) de acuerdo a la tabla de valores aprobada por el Departamento de Recursos Financieros, para el período mayo-agosto de 2014 y que dicho valor se indexará cuatrime

A.628.1

Autorizar la unificación del valor y los criterios de aplicación de todos los inicios de trámites que se realizan ante los Servicios y Unidades dependientes de la División Planificación Territorial del Departamento de Planificación, en el ámbito de su competencia.

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