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A.18.20

 El ámbito de los Directores Generales elevará la solicitud al Intendente en caso de entender que existen razones suficientes que justifiquen un tratamiento de excepción, a los efectos de su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.

A.18.10

El Tribunal de Quitas y Esperas podrá sugerir el otorgamiento de alguno o algunos de los siguientes beneficios:

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