Las exoneraciones actualmente vigentes, que hayan sido otorgadas a partir de una reiteración del beneficio y cuyo fundamento legal sea alguno de los citados en los artículos 111.1 y 111.2, se consideraran otorgadas sin plazo a partir del 1º/06/2020.
Las exoneraciones actualmente vigentes, que hayan sido otorgadas a partir de una reiteración del beneficio y cuyo fundamento legal sea alguno de los citados en los artículos 111.1 y 111.2, se consideraran otorgadas sin plazo a partir del 1º/06/2020.
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