Establecer que los/las funcionarios/as que revistan en las carreras “Ingeniero/a Informático/a”, “Analista Informático” e “Ingeniero/a Electricista”, pertenecientes al Escalafón Profesional y Científico, activos/as en la Intendencia de Montevideo, que desempeñan efectivamente tareas en el Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente en régimen de 40 (cuarenta) horas semanales percibirán la compensación Desarrollo Informático de acuerdo a la siguiente escala:
Nivel V- Grado SIR 14- 35% (treinta y cinco por ciento) del sueldo base.
Nivel IV-Grado SIR 15- 35% (treinta y cinco por ciento) del sueldo base.
Nivel III-Grado SIR 16- 29% (veintinueve por ciento) del sueldo base.
Nivel II-Grado SIR 17- 20% (veinte por ciento) del sueldo base.
Nivel I- Grado SIR 18- 18% (dieciocho por ciento) del sueldo base.-
