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A.164.2.4

en Totid

Para obtener el beneficio la División Tránsito y Transporte de la Intendencia de Montevideo deberá exigir el cumplimiento de los siguientes requisitos:

A)    en el caso previsto en el literal A) del artículo 164.2.2, el interesado deberá presentar el documento habilitante correspondiente expedido por el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados dependiente del Ministerio del Interior, quedando sujeto al otorgamiento de la Licencia a la evaluación médica de la Unidad de Salud del Servicio de Contralor de Conductores,

B)    en caso previsto en el literal B) del artículo 164.2.2, el interesado deberá estar incluido en la nómina de participantes de los talleres referidos en el mismo literal, la que remitirá el INAU y el SIRPA(*) en conjunto a la Intendencia de Montevideo.(**)

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
164.2.4
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título V, Cap. III, Secc. II, Art. 164.2.4
Notas: 

(*) Ver Ley Nº 19.367 de 31/12/2015 que creó el INISA como Servicio Descentralizado, en sustitución del SIRPA.

(**) Por Res.IM Nº 80/15, de fecha 12 de enero de 2015, num. 4º, se reglamentó la facultad establecida en el presente artículo.

Fuentes
Fuente: 
art. 3
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.A.0164.0002.0004.0000.0000