(Tributo por expedición de nuevas licencias por ampliaciones o limitaciones en la habilitación de conductores de vehículos). Por la expedición de nuevas licencias por ampliaciones o limitaciones en la habilitación de conductores de vehículos inscritos en el Registro de Conductores del Departamento de Tránsito y Transporte, que no configuren cambio de categoría se abonará un tributo de acuerdo a la siguiente escala:
Por un año, veinticinco por ciento (25%) del importe de la tasa por otorgamiento de licencias de conductor categoría "1".
Por dos años, treinta por ciento (30%) de dicho importe. De tres a cinco años, cincuenta por ciento (50%) del referido importe. Por seis años, sesenta por ciento (60%) del mencionado importe.
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