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A.186

en Totid

Fíjase en N$ 6.000 (NUEVOS PESOS SEIS MIL) el valor por expedición de las libretas de vehículos automotores, de sus duplicados o renovaciones (Inciso a) del artículo 20º del Decreto Departamental Nº 24.568 por la redacción ordenada por el artículo 2º del Decreto Nº 24.622.
Las libretas de bicicletas, sus duplicados o renovaciones, se expedirán gratuitamente.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
186
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título V, Cap. V, Secc. III, Art. 186
Fuentes
Fuente: 
art. 18
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.A.0186.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.186