Mantiénese todas las disposiciones que otorgan participaciones en el producido de las multas por infracción a las ordenanzas departamentales a funcionarios de la Intendencia u otras instituciones estatales.
Redúcese al 20% (veinte por ciento), la participación en el producido de las multas cuya cuantía ajustó el decreto departamental No. 15.269.
Este nuevo porcentaje se aplicará en todos los casos y a todos los partícipes a que se refiere el inciso anterior.
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