Igual régimen de reliquidación se aplicará en el caso de viviendas que por incumplimiento contractual o por cualquier otra causa, hayan sido recuperadas por la ANV para su posterior adjudicación. También serán reliquidados de acuerdo a este régimen los adeudos resultantes de convenios suscritos con anterioridad a la vigencia de esta Resolución, que hayan caducado.
