En caso de pago contado de las deudas reliquidadas, la bonificación será de un 50% (cincuenta por ciento) sobre la totalidad de multas y recargos.
En caso de pago contado de las deudas reliquidadas, la bonificación será de un 50% (cincuenta por ciento) sobre la totalidad de multas y recargos.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados