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A.211.19.1

en Tobefu

Los funcionarios designados para integrar la Guardia de Policía Territorial (GPT), por la realización de 15 (quince) días de guardia en el mes percibirán mensualmente, en forma individual, un viático equivalente al 30% (treinta por ciento) del sueldo base del Grado SIR 18 del Escalafón Profesional y Científico, con 30 (treinta) horas de carga semanal. El viático solo se pagará por el ejercicio efectivo de la guardia. En ninguna circustancia un mismo funcionario podrá realizar más de 16 (dieciséis) días de guardia al mes. El funcionario de guardia deberá dejar claras las indicaciones para su rápida localización y mantener permanentemente encedido el teléfono celular que le sea suministrado.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
211.19.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFU, Título IV, Cap. XI, Grupo III, Art. 211.19.1
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
1.4
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0011.0000.0000.0000.0000.I.0003.0000.0000.0000.0000.A.0211.0019.0001.0000.0000