Por la guardia, el/la funcionario/a percibirá mensualmente un viático equivalente al 30 % (treinta por ciento) del sueldo base mensual correspondiente a un Grado SIR 13 o el correspondiente al Grado SIR que tenga si fuere mayor, por 30 (treinta) horas deel/la funcionario/a carga semanal y se liquidará en forma proporcional a los días de guardia cumplidos.