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A.211.56

en Tobefu

La atención en la modalidad de guardia es presencial por lo que los/as funcionarios/as deberán concurrir al lugar del hecho y quedarse hasta finalizar las tareas y resolver la situación. Los/as funcionarios/as de guardia que sean citado/as a cumplir las tareas descriptas (u otras no explicitadas de similares características) deberán trabajar coordinadamente con las jerarquías, tomar decisiones de forma autónoma y realizar las acciones que mejor consideren para resolver de forma eficiente la situación. Para cumplir con estas tareas tendrán disponibilidad de acceso a todos los espacios del edificio, por lo que serán responsables de todo lo ocurrido durante el desempeño de la guardia.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
211.56
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFU, Título IV, Cap. XI, Grupo VIII, Art. 211.56
Fuentes
Fuente: 
art. 1º
Observaciones: 
Artículo 4º de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0011.0000.0000.0000.0000.I.0008.0000.0000.0000.0000.A.0211.0056.0000.0000.0000