(Ajustes diferenciales) Habilítase a la Intendencia de Montevideo a reglamentar ajustes diferenciales de 0 a 100% (cero a ciento por ciento) del Indice de Precios al Consumo (IPC) previsto en la norma presupuestal, respecto al monto de los tributos establecidos, tomando en cuenta las bases imponibles, y atendiendo al valor catastral o aforo del bien cuando corresponda, la que previamente a su aplicación será sometida a la aprobación de la Junta Departamental de Montevideo.