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A.255

en Tobefu

Declárase, por vía interpretativa, que la limitación establecida en el artículo 16 del Decreto N° 8.277, en cuanto excluía de los beneficios de la asignación familiar a los funcionarios y obreros que prestan servicios de carácter temporario, quedó derogada por el Artículo 1° del Decreto N° 10.055, debiendo, en consecuencia, gozar los mismos de dicho beneficio con la retroactividad establecida en el Artículo 8 del Decreto N° 10.055.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
255
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Grupo I, Art. 255
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.A.0255.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.255