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A.267.15

en Totid

Los trabajos realizados bajo la categoría de “EMERGENCIAS” una vez realizada la comunicación de los mismos a la U.C.C.R.I.U., ésta la devolverá al gestionante, asignándole número de obra a cada una de las intervenciones y el monto que le corresponde abonar por concepto de tasa. La U.C.C.R.I.U. remitirá a la oficina  de la Intendencia competente, una copia de las actuaciones a los efectos de su cobro.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
267.15
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título V.IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. I, Art. 267.15
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 14 de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0005.0001.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.A.0267.0015.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.267.15