Agrégase como incisos finales del artículo 54 del Decreto Nº 25.226 de 26/9/91, lo siguiente:
"Los rubros correspondientes a este artículo, se encuentran previstos en los Sub-Programas respectivos.
La Administración reglamentará el presente artículo, dando cuentas al Tribunal de Cuentas de la República y a la Junta Departamental".
Back to top