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A.276

en Tobefu

El Servicio de Beneficios Funcionales, una vez recibida la documentación, dispondrá la realización de estudios por parte de Asistente Social y el pase de las actuaciones al Servicio Médico de la Intendencia para el estudio del caso, todo dentro de un plazo de 30 (treinta) días, el que devolverá los obrados al Servicio de Beneficios Funcionales comunicando si el hijo del funcionario se halla o no comprendido dentro de lo previsto en el Art. 176 del Decreto N° 24.049. (*)

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
276
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título V, Cap. III, Grupo II, Art. 276
Notas: 

(*) Ver art. 268.

Fuentes
Fuente: 
num. 1 art. 8
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.I.0002.0000.0000.0000.0000.A.0276.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.276