Back to top

A.310.19

en Totid

Cuando los residuos a que se refiere el numeral 1º de la Resolución Nº 2964/00 tengan una densidad baja, los Servicios Municipales podrán exigir al generador, que a su cargo sean compactados para obtener por lo menos una densidad de 0,25 t/m3 (cero veinticinco tonelada por metro cúbico).

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
310.19
Estado
Estado: 
Dejado sin efecto
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. I, Art. 310.19
Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 4
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0006.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.A.0310.0019.0000.0000.0000