(Grandes usuarios). Establécense descuentos a aplicar sobre el monto a abonar por concepto de cargo variable (Artículo 90), para usuarios que utilicen el servicio de saneamiento respecto de unidades ocupacionales destinadas a actividad industrial o comercial privadas o a instituciones culturales, deportivas y de atención a la salud: hasta 1000 metros cúbicos mensuales de agua consumida: sin descuento, excedentes de 1000 hasta 3000 metros cúbicos mensuales de agua consumida: 35 % de descuento, excedentes de 3000 metros cúbicos mensuales de agua consumida: 50 % de descuento.
Para acceder a los descuentos precedentes, los usuarios de las referidas unidades ocupacionales no deberán registrar atraso en el pago de la tarifa. A tales efectos, se considera que existe atraso cuando se adeuden tres o más bimestres.
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