Los incumplimientos a la normativa relativa al cobro de Tarifa de Saneamiento, en caso de usuarios que cuentan con fuentes propias de abastecimiento de agua, serán sancionados con las multas que a continuación se detallan:
- Falta de colocación de medidores y de su reposición o correcto mantenimiento: 10 UR a 350 UR.
- Alteraciones que impliquen una diferencia en las mediciones: 10 UR a 350 UR
- Resistencia a la inspección: 10 UR a 350 UR
- Ocultamiento o falta de declaración de la existencia de fuentes propias de abastecimiento de agua: 10 UR a 350 UR.