En todos los casos, la Intendencia de Montevideo verificará que el contribuyente reúna los requisitos mencionados en los Artículos 310.6.3 y 310.6.4.
Los contribuyentes potenciales beneficiarios deberán:
a) Aportar título de propiedad o certificación notarial de la misma, o de la posesión del bien, en los casos del impuesto de Contribución Inmobiliaria o de la Patente de Rodados.
b) Realizar una declaración jurada, cuyo tenor proporcionará la Administración, referente a sus derechos a obtener el beneficio en el caso de la Tasa General Departamental o de la Tarifa de Saneamiento.
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