Back to top

A.31.1

en Tobefu

Facúltase a la Intendencia de Montevideo a brindar un servicio especial de inspectores, por el que se deberá abonar una contraprestación dineraria, a las personas físicas o jurídicas que así lo soliciten al Servicio de Inspección General del Departamento de Descentralización.
La Intendencia de Montevideo reglamentará e instrumentará la puesta en marcha del servicio de que se trata, teniendo presente que los funcionarios que cumplan tareas en aquél lo harán fuera de sus horarios normales de trabajo.
El 50% (cincuenta por ciento) de lo producido por el precio del servicio será destinado al pago de una compensación extraordinaria a los funcionarios que lo presten directamente.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
31.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título II, Cap. II, Art. 31.1
Notas: 

Por. Res IM Nº 5001/18 de fecha 29 de octubre de 2018, se suprimio el Servicio Central de Inspección General y se creo el Servicio de Convivencia Departamental (SCD) se establecen sus cometidos y funciones.

Fuentes
Fuente: 
art. 115
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.A.0031.0001.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.31.1