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A.316

en Totid

(Proveedores y contratistas que suministren servicios y/o materiales destinados al Programa Habitacional). Exonérese del pago de papel timbrado a proveedores y contratistas que suministren servicios y/o materiales destinados al Programa Habitacional de Emergencia que se ejecuta de conformidad con los convenios suscritos entre la Intendencia de Montevideo y el Banco Hipotecario del Uruguay, únicamente respecto de las liquidaciones de créditos y pagos a su favor a cargo del citado Banco.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
316
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Secc. I, Grupo II, Art. 316
Fuentes
Fuente: 
art. 157
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.I.0002.0000.0000.0000.0000.A.0316.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.316