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A.33

en Totid

El Departamento de Recursos Financieros, previa consulta a la Unidad Central de Planificación y a los Departamentos de Descentralización y Acondicionamiento Urbano, proyectará la resolución del Intendente, aceptando en forma fundada la dación en pago en función del interés que la misma revista para la Intendencia o rechazándola.
Previamente, el Servicio de Escribanía deberá avalar la titularidad y condiciones del bien o bienes objeto de la enajenación y que los mismos no registren deudas pendientes de ninguna naturaleza, con excepción de los tributos inmobiliarios que sean saldados con la dación de pago.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
33
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II, Secc. XIV, Art. 33
Fuentes
Fuente: 
art. 11
Observaciones: 
Modifica el Inciso 1 del art. 6 del Dto.JDM 28156.
Fuente: 
art. 6
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.G.0014.0000.0000.0000.0000.A.0033.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.33