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A.387.6

en Totid

Las entradas que excedan los límites establecidos en la presente reglamentación abonarán el Impuesto a los Espectáculos Públicos de acuerdo al régimen general.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
387.6
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título VII, Cap. I, Secc. VII, Grupo I, Art. 387.6
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 4 de la Reglamentación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 4 de la Reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0007.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.A.0387.0006.0000.0000.0000