Las entradas e invitaciones suministradas a los medios de prensa quedarán exentas del pago del Impuesto a los Espectáculos Públicos siempre que cumplan con los siguientes límites:
a) En espectáculos públicos con habilitación para una capacidad de hasta 1000 personas, estará exonerado un máximo de 2 entradas o invitaciones por medio de prensa.
b) En espectáculos públicos con habilitación para una capacidad desde 1001 a 5000 personas, estará exonerado un máximo de 4 entradas o invitaciones por medio de prensa.
c) En espectáculos públicos con habilitación para una capacidad de mas de 5000 personas, estará exonerado un máximo de 6 entradas o invitaciones por medio de prensa.
Por Res. IM Nº 3360/22 de 15 de agosto de 2022 la disposición prevista por la Resolución Nº 3382/19 de fecha 15 de julio de 2019 quedará suspendida durante la vigencia de la exoneración que se reglamenta por la mencionada Res. IM Nº 3360/22.-