Autorízase a la Intendencia a fijar por concepto de servicios y costos de administración, recaudación o gestión, un precio que variará entre 0,1% y 3% de los importes administrados, recaudados o gestionados. El precio correspondiente será fijado en las diversas contrataciones de percepción de ingresos para terceros que acuerde la Intendencia.