Las competencias de cualquier especie en que se efectúen apuestas mutuas (en las que se reparte entre los ganadores el fondo creado por las apuestas), estarán gravadas con un impuesto del 5% calculado sobre el monto total bruto apostado en el ámbito territorial del Departamento de Montevideo, una vez descontados los impuestos nacionales.
Serán sujetos pasivos del impuesto los apostadores, y los organizadores de las competencias con apuestas mutuas serán responsables del pago del impuesto en calidad de agentes de percepción.
El producido de este impuesto será destinado a financiar la ejecución de políticas sociales.
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