Planta asfáltica. Los/as funcionarios/as que desempeñen funciones de operación y/o mantenimiento en la Planta Asfáltica, percibirán una partida adicional mensual nominal de $ 9.000 (pesos uruguayos nueve mil) la que se ajustará con los respectivos incrementos salariales.
Aquellos funcionarios/as que ocasionalmente realicen dichas funciones, la partida será prorrateada proporcionalmente a los días trabajados.
Dicha partida adicional será liquidada mientras se estudia y analiza la propuesta de ADEOM de crear una nueva carrera.
La percepción de esta partida adicional no estará condicionada a la adhesión del régimen de trabajo de 9:12 hs.
Por Res. IM Nº 4716/24 de fecha 6/11/24, se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en la cláusula décima que las partidas percibidas por aplicación de dicho Convenio, serán compatibles con la percepción de los Compromisos de Gestión.