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A.437.2

en Totid

Los ACTOS INSCRIBIBLES en el Registro que se crea serán: A) los Compromisos de compraventa de automotores; B) las Cesiones, modificaciones, rescisiones y cancelaciones de los derechos registrados; y C) las Sentencias ejecutoriadas cuyo objeto sea el reconocimiento de los derechos de promitentes compradores que afecten o puedan afectar los derechos registrados o que se registraren en el futuro. Los documentos referidos en los literales A y B deberán presentarse con firmas certificadas notarialmente. Los documentos deberán estar referidos a Automotores empadronados en Montevideo, y aquellos que habiendo sido reempadronados en otras Intendencias mantengan deudas por patentes de rodado y/o multas de tránsito con la Intendencia de Montevideo.-

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
437.2
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II.IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. Única, Art. 437.2
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0002.0001.0000.0000.0000.G.EEEE.0000.0000.0000.0000.A.0437.0002.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.437.2