La documentación suscrita quedará archivada en el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1. En caso de incumplimiento del inquilino en el pago del alquiler, para hacer efectiva la garantía se presentará ante el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 la solicitud de compensación de las sumas adeudadas con las deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria de inmuebles propiedad del arrendador, acreditando los extremos pertinentes, debiendo justificar haber realizado contra el inquilino el juicio ejecutivo para el cobro de los alquileres atrasados sin haber satisfecho dicho cobro. Estos antecedentes se elevarán a la Comisión referida en el artículo 4º, la que asesorará al Director General del Departamento de Recursos Financieros sobre la pertinencia de la compensación solicitada, quien en definitiva resolverá. Del monto a compensar se deducirán un 3% por concepto de gastos de administración.