Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar por los ejercicios 2021 y 2022, el 50% respecto de los predios en los que se haya producido cambio de categorizaciòn de suelo rural a suelo urbano o sub-urbano, como consecuencia de la aplicaciòn de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del Decreto Nº 34.870 de acuerdo a lo dispuesto en el articulo siguiente.