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A.51.15

en Totid

En los convenios realizados con entrega parcial de adeudos deberá pagarse como primera cuota de costos y costas una cantidad que represente el mismo porcentaje que corresponda a la entrega en el convenio principal. Por el saldo impago se mantendrán los criteros antes mencionados.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
51.15
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título I, Cap. IV, Secc. X, Art. 51.15
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
artículo 3º de la reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0010.0000.0000.0000.0000.A.0051.0015.0000.0000.0000