El derecho a la percepción de la partida, refiere a la función y no al funcionario; en consecuencia, el traslado temporal o permanente de las tareas relacionadas con la materia de la División Planeamiento Presupuestal, Sector Retribuciones Personales de la Contaduría General, o del Servicio de Oficinas de Personal Delegadas, traerá aparejada, automáticamente, la pérdida de dicho beneficio.