Disponer que con la solicitud del crédito fiscal que formule el interesado deberá:
a) Individualizar el o los inmuebles sobre los que se realizaron las obras que generan el crédito por tributos y comprobantes de pago de los mismos.
b) Presentar constancia de aprobación del Permiso de Construcción y certificación de la finalización de las obras en el plazo de 2 años a contar desde la aprobación del respectivo permiso; y Declaración Jurada de Caracterización Urbana.
c) Presentar del permiso de construcción del o de los inmuebles, que se constancia de aprobación deberán identificar, donde se realizarán obras nuevas o reciclajes con destino vivienda, aprobado durante los años 2023-2024.
d) Acreditar el inicio de las obras aprobadas por los permisos de construcción a los que refiere el literal anterior.
e) Individualizar los inmuebles y tributos en cuyas cuentas corrientes se pretende aplicar el crédito a cuenta reconocido de acuerdo a los literales a), b) y c).-