(Fondo de Bonificación sobre la Tasa General Departamental). Establécese un fondo de bonificación sobre la Tasa General Departamental, equivalente a $ 4.900.000 (cuatro millones novecientos mil pesos uruguayos) de emisión del tributo en el ejercicio 2002, $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) en el ejercicio 2003, $ 11.000.000 (once millones de pesos uruguayos) en el ejercicio 2004, y $ 16.000.000 (dieciséis millones de pesos uruguayos) en el ejercicio 2005.
Para la instrumentación de la referida bonificación, el Ejecutivo Comunal pondrá a consideración de la Junta Departamental la propuesta correspondiente, dentro de los 120 días siguientes a la remisión del presente Proyecto de Modificación Presupuestal.
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