Dicha reducción importará la bonificación de $4.67 (pesos uruguayos cuatro con sesenta y siete centésimos) en el monto total a abonar por bimestre por cada cuenta de Tasa General Departamental, que se emita para la citada zona, a partir del 1º de enero de 2002, a lo que se adicionará la bonificación proporcional que se obtiene a partir de los adicionales que se calculan sobre esa tasa.