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A.537.1

en Totid

EXONERACIÓN INAU.- Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar del tributo Tasa General Departamental al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay a aquellos bienes inmuebles que ocupe a los efectos del cumplimiento de sus cometidos y hasta el año 2030 inclusive.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
537.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título VII, Cap. III, Secc. V, Grupo II, Art. 537.1
Fuentes
Fuente: 
Art. 11
Observaciones: 
El presente decreto regirá a partir del 1º de enero de 2026.
Fuente: 
art. 12
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.I.0002.0000.0000.0000.0000.A.0537.0001.0000.0000.0000