Los miembros del Concejo Municipal no se constituirán como tal fuera de sala, excepto en las situaciones previstas en el artículo 6º (*).
Notas:
(*) Ver artículo 548.7 del presente Volumen.
Los miembros del Concejo Municipal no se constituirán como tal fuera de sala, excepto en las situaciones previstas en el artículo 6º (*).
(*) Ver artículo 548.7 del presente Volumen.
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