Facúltase al Ejecutivo Comunal a aplicar en todos los casos a las distintas deudas generadas hasta el 31 de julio del corriente, un régimen de bonificación del 40% (cuarenta por ciento) en las multas y recargos acumulados hasta la fecha de efectivización del pago o convenio.
El precedente régimen de facilidades de pago regirá hasta el 15 de diciembre del corriente.