Establécese que los recargos por mora en el pago de las obligaciones tributarias que percibe la Intendencia de Montevideo, se capitalizarán mensualmente de acuerdo a los valores y en la forma que periódicamente fijará la Administración.
Establécese que los recargos por mora en el pago de las obligaciones tributarias que percibe la Intendencia de Montevideo, se capitalizarán mensualmente de acuerdo a los valores y en la forma que periódicamente fijará la Administración.
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