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A.562

en Totid

(Tasa por transferencia de permisos otorgados para el funcionamiento de prostíbulos, casas de citas o de huéspedes, pensiones y café de artistas, cabarets, boites o locales similares). Por la autorización para transferir los permisos otorgados para el funcionamiento de prostíbulos, casas de citas o de huéspedes, pensiones y cafés de artistas, cabarets, boites o locales similares, se abonará una tasa de acuerdo a la siguiente escala:
a) NUEVOS PESOS CIEN MIL (N$ 100.000) cuando se trate de la transferencia de permisos para el funcionamiento de prostíbulos, casas de citas o de huéspedes.
b) NUEVOS PESOS VEINTE MIL (N$ 20.000) cuando se gestiona la transferencia de permisos para el funcionamiento de pensiones y cafés de artistas, cabarets, boites o locales similares.
El pago del tributo que se crea, se efectuará en todos los casos al contado y en acto de notificarse los interesados de la resolución correspondiente.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
562
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. III, Secc. IX, Art. 562
Fuentes
Fuente: 
Observaciones: 
art. 109 bis
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.G.0009.0000.0000.0000.0000.A.0562.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.562