(Responsabilidad por acto de los representantes y de los dependientes). Cuando un mandatario, representante, administrador o gestor incurriere en infracción, los representados serán solidariamente responsables por las sanciones pecuniarias.
Las personas o entidades y los patrones en general serán solidariamente responsables por las sanciones pecuniarias aplicadas a sus dependientes, por su actuación como tales.
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