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A.622.7

en Totid

(Cálculo de la deuda) Para el cálculo de la deuda, se optará por el menor valor entre la liquidación efectuada por el precio establecido anteriormente y el que surja de la aplicación de los incisos "a", "b" y "c" del artículo primero.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
622.7
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Secc. IV, Art. 622.7
Fuentes
Fuente: 
num. 7
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0008.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.A.0622.0007.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.622.7