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A.624.4

en Totid

Aprobar las siguientes condiciones que regirán la implementación del "Carné de Artesano", creado por Resolución No. 3143/08, de 21 de julio de 2008:
- el referido carné se expedirá en la División Promoción Económica, "..."
- el carné se expedirá de lunes a viernes de 10:00 a 12:00 y de 13:00 a 15:00 horas y los sábados de 13:00 a 16:00 horas.
- en su primera expedición, se otorgará en forma gratuita.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
624.4
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Secc. IX, Art. 624.4
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0008.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0009.0000.0000.0000.0000.A.0624.0004.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.624.4