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A.75.8

en Tobefu

Aprobación.

El compromiso de gestión será aprobado mediante Resolución Interna del o los Departamentos involucrados.

En forma excepcional podrá disponerse ajustes por causales de fuerza mayor que impactaron gravemente en la operativa, o cambios de lineamientos.

El ajuste será aprobado mediante Resolución Interna del o los Departamentos involucrados hasta 10 días corridos previo a la finalización del cuatrimestre.

Se incluirá en el mismo una cláusula de salvaguarda que disponga el ajuste o redefinición de metas de forma automática o de oficio ante situaciones de carácter de emergencia nacional y/o departamental.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
75.8
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFU, Título II, Cap. VI.I, Art. 75.8
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
. . Punto 7 del Anexo
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
. . literal b)
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
. . Punto 11 literal b) y 14 del Anexo
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0006.0001.0000.0000.0000.A.0075.0008.0000.0000.0000