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A.77

en Totid

Declárase que el Estado, los organismos comprendidos en el art. 220 de la Constitución y los Gobiernos Departamentales, gozan de inmunidad impositiva, tanto nacional como departamental, por sus bienes y actividades no comerciales ni industriales.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
77
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título II, Cap. II, Acáp. I, Art. 77
Fuentes
Fuente: 
art. 463
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.J.0001.0000.0000.0000.0000.A.0077.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.77